sábado, 29 de septiembre de 2012

FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA RAMA JUDICIAL

 
Como quiera que el pasado 31 de agosto de 2012 muchos de ustedes depositaron con su voto su confianza en mí, al apoyarme como candidata para la Comisión Nacional Interinstitucional de la Rama Judicial, me permito informarles:

Que en lo que va corrido del trámite del proyecto de Presupuesto del año 2013 para la Rama Judicial, en éste no se ve reflejado el incremento necesario para garantizar la Nivelación Salarial, el Aumento de la Planta de Personal y la Modernización de la Rama Judicial.

 Por lo anterior, y con el ánimo de tomar medidas frente al asunto, nos unimos a las Asambleas Informativas que se llevarán a cabo los días:

Lunes 1 de octubre: 8:00 am – Edificio Hernando Morales

8:00 am - Edificio Casur

2:00 pm – Edificio Virrey
 
Martes 2 de octubre 8:00 am – Edificio Nenqueteba

Miércoles 3 de octubre 8:00 am – Edificio Paloquemao

Jueves 4 de octubre nos unimos por la movilización nacional, por el presupuesto para la Educación, la Salud y la Justicia.

 
MARTHA QUINTERO QUINTERO

martes, 18 de septiembre de 2012

COMPARATIVO CARGOS DE EMPLEADOS DE LA RAMA FRENTE A OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO

El artículo 125 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia además de definir quiénes son funcionarios de la Rama Judicial, agrega “son empleados las demás personas que ocupen cargos en las Corporaciones y Despachos Judiciales y en los órganos y entidades administrativas de la Rama Judicial”, así que quienes no tienen la investidura de Magistrado, Juez o Fiscal, pero se encuentra vinculado a la Rama Judicial en cualquiera de sus niveles y estructura administrativa, tienen la calidad de EMPLEADOS.




Servidores Públicos a quienes La Ley 4 de 1992 también incluyó en la nivelación que debía realizarse por parte del Gobierno Nacional, y respecto de quienes igualmente el Ejecutivo guardó silencio frente al mandato legal contenido en la mencionada ley.




Basta realizar un cotejo entre los requisitos exigidos a los empleados de la Rama Judicial que laboran en los Tribunales y Juzgados con los requisitos exigidos a quienes laboran en otras entidades como por ejemplo la Procuraduría General de la Nación, para observar el rezago salarial de que han sido objeto los empleados de la Rama.




Efectivamente a quienes laboran como Profesionales, Sustanciadores, Oficiales y Secretarios en los Tribunales y Juzgados de la Rama Judicial, se les exige TENER TITULO PROFESIONAL EN DERECHO y DOS AÑOS DE EXPERIENCIA para devengar un salario mensual máximo de $2.691.663, Suma equivalente que devenga un SECRETARIO Y SUSTANCIADOR de la Procuraduría General de la Nación, quienes pertenecen al nivel asistencial y no profesional, a quien solo se le exige para ejercer el cargo: Aprobación de dos (2) años de Estudio Superior en Derecho y seis meses de experiencia.



Lo anterior se refleja claramente en los siguientes cuadros comparativos:



















Por su parte los requisitos exigidos en la Rama Judicial para ejercer el cargo de profesional, asistente, sustanciador, oficial y Secretario, corresponden en entidades como la PROCURAUDRIA, LA CONTRALORIA, SUPERINTENDENCIAS entre otros, a grados que devengan sumas superiores a los TRES MILLONES OCHOSCIENTOS MIL PESOS ($3.800.000), y para el presente estudio comparativo se tendrá en cuenta el cargo de Profesional Universitario Grado 16 Juzgados Administrativos y los Profesionales Grado 17 y 18 de la Procuraduría General de la Nación y Profesional Universitario grado 03 de la Contraloría General de la República.


PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 16 JUZGADOS ADMINISTRATIVOS – RAMA JUDICIAL:


Nivel Jerárquico: Profesional


Asignación Básica año 2012: $2.680.000

Requisitos Para Desempeñar El Cargo:

(a) Título profesional en derecho
(b) Dos (2) años de experiencia profesional o docente

Funciones esenciales del Cargo :

-Colaborar con la planeación y organización del despacho y la producción jurídica del Juez para la elaboración de proyectos de providencia.

- Ofrecer soporte jurídico calificado y competente para el estudio y atención de los procesos.

-Colaborar con el Juez en la elaboración de anteproyectos de providencias y en el acopio de antecedentes de los procesos que se encuentren a su cargo.(Proyectar sentencias de nulidad y restablecimiento del derecho, reparación directa, contractuales, etc.. elabora Proyectos de Sentencias de tutela, Acciones Populares, Acciones de Grupo, mandamientos de pago, etc.

-Colaborar integralmente en el manejo, dirección y administración del despacho.

-Elaborar los informes de jurisprudencia y legislación que determine el Juez sobre los temas debatidos en los procesos a despacho, para efectos de la elaboración de los proyectos de providencia.

-Elaborar, mantener y actualizar las bases de datos o archivos con que disponga el Juzgado, las novedades legales y jurisprudenciales que se relacionen con la jurisdicción contenciosa administrativa, para la debida atención de los procesos a cargo del despacho. Asistir al Juez en las audiencias y diligencias que éste determine.

-Colaborar con la realización de la liquidación de las condenas pecuniarias que deban establecerse dentro de las providencias judiciales que deba dictar el despacho, de conformidad con las normas y jurisprudencia vigente de los Tribunales Administrativos y Consejo de Estado.

-Rendir los informes que por razón de sus funciones determine el Juez. Las demás que por razón de su cargo le sean asignadas por el superior o el reglamento.


PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 17 PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION.


Nivel Jerárquico: Profesional

Asignación Básica año 2012: $3.682.178

Requisitos Para Desempeñar El Cargo:

(a) Título profesional en derecho
(b) Dos (2) años de experiencia profesional o docente.


Funciones del Cargo:


Dependen de la ubicación del cargo, pese a ello se destacan de forma general las siguientes:


Instruir los procesos de la naturaleza a su cago


Proyectar decisiones de primera y segunda instancia


Practicar pruebas


Adelantar trámites, proyectar informes y decisiones


Prestar apoyo profesional en las áreas de su profesión


Recopilar y tener actualizada la Jurisprudencia y legislación sobre los temas que se estudian en su dependencia

Equivalencias: Las contenidas en el Decreto Nº 263 DE 2000


Como se puede apreciar del comparativo entre el cargo de profesional universitario grado 16 de Juzgado Administrativo y el profesional grado 17 de la Procuraduría, tienen las mismas funciones, requieren igualdad de requisitos para desempeñar el cargo de estudios y experiencia, sin embargo los salarios entre uno y otro son diferentes así:









Aunado a lo anterior, cabe precisar que la planta de personal por JUZGADO tiene un promedio de 7 empleados, no obstante ello la demanda de justicia en el país supera cualquier expectativa, así el ingreso de demandas anuales (procesos) es el siguiente: Juzgados Administrativos 800, Juzgados Civiles Municipales 1.800, Juzgado de Familia 1.500 demandas y un Civil de Circuito un promedio 850.


Así la media por proceso que ingresa a la Rama Judicial supera ampliamente a cualquier comparativo que se realice.


Ahora bien, respecto del PROFESIONAL GRADO 18 DE LA PROCURADURIA, se tiene que si bien se exige como requisito un año más de experiencia profesional, las funciones son las mismas que el profesional universitario grado 16 de Juzgados Administrativos y sin embargo la diferencia salarial que se presenta es la siguiente:











CONCLUSION: Es evidente que la diferencia salarial frente a la exigencia de los mismos requisitos, aun existiendo una mayor responsabilidad en la Rama Judicial, desconoce  normas supra legales como los convenios 100 y 111 de la OIT, sobre la protección del salario, y sobre igualdad de remuneración  y demuestra fehacientemente que no se dio cumplimiento a lo ordenado por la Ley 4 de 1992.



















lunes, 17 de septiembre de 2012

Ya tenemos Representante!!!

Mediante Acuerdo No. 14 de 2012 del CSJ fue consolidado el proceso de votación para la elección del representante de los Funcionarios y Empleados ante la Comisión Nacional Interinstitucional, quedando elegido el Dr. Luis Fernando Otalvaro, Fiscal Delegado ante los Jueces del Circuito de Medellín y representante de ASONAL JUDICIAL con un total de 4.500 votos.

Mis más sinceras felicitaciones al Dr. Luis Fernando Otalvaro Calle, y éxitos en el desempeño de la labor encomendada, que con seguridad estará encaminada al mejoramiento de las condiciones laborales de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, y la adecuada vigilancia y control sobre el presupuesto asignado.

Así mismo, agradezco nuevamente a los 910 votantes que depositaron su confianza en mí y reitero mi intención de seguir trabajando desde el Colegio de Jueces Administrativos por nuestros derechos laborales y la dignificación de nuestra labor judicial, para lo cual espero seguir contando con su respaldo.



Martha Helena Quintero Quintero

Juez Quince Administrativa de Bogotá

viernes, 7 de septiembre de 2012

GRACIAS

A todos y cada uno de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, que con su voto depositaron la confianza en mi, que abrieron su mente a nuevas ideas, que sin duda serán desarrolladas en conjunto a fin de mejorar las condiciones laborales de todos aquellos trabajadores que día a día luchamos por dar una efectiva aplicación de la justicia en nuestro país. Igualmente reitero la invitación a unir nuestras fuerzas de manera ordenada, a través de las herramientas de comunicación, vitales para mantenernos al tanto de los temas de interés que nos pertenecen En Bogotá alcancé el 22% de la votación (507 votos) quedando en el tercer lugar, estoy a la espera de que sea entregado el reporte final con el consolidado a Nacional. MARTHA HELENA QUINTERO QUINTERO